Atendiendo a la Ley No.115, sobre Maestro de Obras (G.O.No.8969, del 31 de Enero del 1966), lo cual describe en el Art. 1, Art. 4 y sus correspondientes incisos que establece:
Art. 1. - Sólo podrán calificarse Maestros de Obras de Edificaciones y ejecutar los trabajos correspondientes a esas calificaciones, las personas que obtengan un diploma que los acredite como tales, y, además, una licencia que lo autorice a ejercer dichos oficios, en la forma que esta ley establece.
Art. 4. -Toda persona que desee obtener la licencia de Maestros de Obras de Edificaciones deberá reunir los requerimientos siguientes:
- Poseer un diploma que lo acredite como tal, o con una designación equivalente.
- Haber alcanzado la Mayoría de Edad.
- Estar en plenos ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
- Tener experiencia práctica en el oficio de construcción de edificios de hormigón armado, block, ladrillos u otro material equivalente etc.
- Ser aprobado en un examen que compruebe su capacidad para adquirir dicha calidad, realizado por una Comisión que estará integrada por el Director General de Edificaciones del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, MOPC, el Encargado de la División de Ingeniería Sanitaria (Salud Pública) y el Director General de Obras Públicas del Ayuntamiento del Distrito Nacional o sus representantes en orden jerárquico.
REQUISITOS
Para toda persona, se requiere lo siguiente:
- Formulario gratuito, debidamente llenado con sus datos que se puede descargar directamente desde este enlace.
- Curriculum Vitae (donde se incluya la descripción de los trabajos realizados al respecto o experiencias de trabajo). En las referencias del Curriculum los profesionales que recomiendan, deberán firmar y acreditar con sus respectivos Codia.
- Diploma de estudio de Maestro Constructor.
- Copia de la Cédula de Identidad y Personal, legible.
- Dos (2) fotos 1 x 1.
- Certificación de buena conducta. Ésta se debe entregar el día de la evaluación (debe estar vigente a la fecha del examen).
- Recibo de pago de la Tasa por Derecho a Examen, que solo se realiza en el depto. de Tesorería del MOPC. Esto una vez se compruebe que todos los requisitos están completos, la DGE le entrega la autorización para el pago del examen, en la Tesorería de la Sede Central del MOPC. Nunca se reciben o se autorizan pagos fuera del MOPC.
- Luego se deposita el recibo de pago de la Tasa por Derecho a Examen, en la Dirección General de Edificaciones DGE-MOPC, de donde luego le llamarán para informarle próxima fecha de examen en el Club del Mopc.
En el caso de las instituciones, además debe contener:
Listado de las personas solicitantes, donde se especifique el nombre, cédula, con un folder por cada estudiante, conteniendo:
- Carta solicitando por escrito a la Dirección General de Edificaciones, DGE-MOPC, la evaluación de las personas enlistadas, para la obtención de la Licencia de Maestro de Obras de Edificaciones, donde especifiquen nombre, cédula de identidad y electoral, dirección y teléfonos donde se pueda contactar, de cada uno.
- Formularios gratuitos, debidamente llenado por cada solicitante, con sus datos. Este formulario se puede descargar gratuitamente en este enlace.
- Curriculum Vitae (donde se incluya la descripción de los trabajos realizados al respecto o experiencia de trabajo). En las referencias del Curriculum los profesionales recomendados, deberán firmar y acreditar con su respectivos Codia.
- Diploma de estudio de Maestro Constructor.
- Copia de la Cédula de Identidad y Personal.
- Dos (2) fotos 1 x 1.
- Certificación de buena conducta (este se entregará el día de la evaluación, debe estar vigente a la fecha).
- Recibo de pago de la Tasa por Derecho a Examen.
TASA UNICA A PAGAR: Cinco mil pesos (RD$5,000.00) para la obtención de la Licencia de Maestro de Obras de Edificación.
PASOS A SEGUIR
- Solicitar por escrito a la Dirección General de Edificaciones, la evaluación para la obtención de la Licencia de Maestro de Obras de Edificaciones, dicha solicitud debe ser depositada por el instituto, escuela, universidad u otra institución que esté debidamente acreditada por el Consejo Nacional de Educación Superior.
- Junto a la solicitud deberá presentar debidamente llenado el formulario que encontrará en el siguiente enlace:
Descargar aquí.
- Adjuntar a su solicitud los requerimientos arriba citados.
NOTAS
- No existe ninguna persona o empleado del MOPC fuera de la institución, autorizado a realizar ningún trámite o recibir pago de ninguna especie por estos servicios descritos.
- El examen de evaluación de Maestro Constructor, tiene una vigencia de un año. Si no se presentan a retirar carnet y documentos dentro del tiempo estipulado, deberá volver a tomar el examen, ya que son actualizados y cambiados cada cierto tiempo.
- En caso de NO APROBACIÓN del examen, deberá someter nuevamente todo su expediente y pagar nuevamente la Tasa por servicio. En caso de No aprobar una o dos materias, no paga nuevamente, si somete su expediente dentro de los tres meses siguientes.
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