Calificación de Empresas y Profesionales en Evaluación y Levantamiento Estructural para Carreteras, Caminos y Puentes

Descripción del Servicio

Este servicio ofrece la oportunidad a los ciudadanos de calificar tanto las empresas como los ingenieros independientes, especialistas en evaluación y/o levantamiento estructural, que así lo soliciten, con la participación de un comité técnico interno del MOPC creado con estos fines.

A quién va dirigido

Al sector construcción público o privado, así como, cualquier ciudadano o empresa.

Área responsable

Dirección General de Reglamentos y Sistemas.

Contactos del área

Teléfono: (809) 565-2811 Ext. 2010 y 2015

Correo: infoDGRS@mopc.gob.do

Prestación del Servicio

Costo: Gratuito
Horario de prestación: Lunes a viernes de 8:30 A.M a 4:30 P.M
Tiempo de entrega: 21 días laborables
Canal de prestación del Servicio: Presencial

REQUISITOS

1. DOCUMENTOS REQUERIDOS
1.1 Empresas
La empresa deberá depositar la solicitud a la Dirección General de Reglamentos y Sistemas (DGRS), y junto con ella se anexarán las siguientes documentaciones legales de manera identificable y pegada a las leyes dominicanas vigentes:
a) Copia de constitución de la empresa.
b) Copia del registro mercantil.
c) Copia del Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
d) Certificación de Dirección General de Impuestos Internos (DGII) o último pago.
e) Estructura organizacional general de la empresa y las dependencias técnicas con las que cuenta, especificaciones de los servicios técnicos que ofrece y la cantidad de personal técnico para desarrollar las funciones relacionadas con esta clasificación.
f) Currículum del personal que proponen para la evaluación y/o realización de levantamiento estructural, de no más de dos páginas.
Anexar: Títulos de grado, postgrado, certificados, diplomado y/o maestría que posee relacionados al área de estructuras exclusivamente. También se deberá anexar la certificación de colegiatura (CODIA). Las documentaciones deben estar legalizadas por la universidad correspondiente y el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCyT).
g) Lista de los proyectos realizados en los últimos años relacionados exclusivamente con el cálculo, evaluación y/o levantamiento estructural, y construcción de reforzamiento indicando el nombre del profesional responsable, magnitud del proyecto, alcance de los trabajos y el año en que fueron realizados. También se deberá incluir carta de constancia de los trabajos realizados, emitida por el propietario de cada proyecto.
h) En el caso de realizar levantamiento estructural, se agregará una lista de los equipos con que se cuenta para realizar los ensayos destructivos y no destructivos requeridos de acuerdo al documento: “Requisitos para evaluación estructural de edificios existentes o iniciados con fines de tramitar los planos para obtener licencia de construcción”. Incluir: manual técnico correspondiente al equipo y que describa las funcionalidades y características, certificado de calibraciones y cualquier otra información pertinente para su evaluación.

Nota:

* El ingeniero que realice los informes de evaluación y/o levantamiento estructural dentro de la empresa deberá estar calificado por el MOPC para realizar evaluación y/o levantamiento estructural.
* El MOPC se reserva el derecho de solicitar documentaciones adicionales, tales como: de informes técnicos realizados y/o facturas con comprobante fiscal de los trabajos realizados, incluyendo copia del pago del ITBIS a la DGII por los servicios prestados.

1.2 Ingenieros independientes

El interesado deberá depositar la solicitud a la Dirección General de Reglamentos y Sistemas (DGRS), y junto con ella: el RNC, certificaciones del pago de impuestos, su currículum de acuerdo a lo indicado en la sección 1 (f), y una lista de los proyectos realizados de acuerdo a lo indicados en la sección 1 (g). En el caso de realizar levantamiento estructural, se agregará una lista de los equipos con que se cuenta para realizar los ensayos destructivos y no destructivos de acuerdo a lo indicados en la sección 1 (h).

2. REQUISITOS MÍNIMOS de Clasificación

2.1 Responsable de Evaluación Estructural

a) Con grado básico en Ingeniería Civil. Deberán tener una experiencia demostrable en cálculo, evaluación y/o ejecución de reforzamiento de estructuras, en al menos diez (10) proyectos de edificaciones, aprobadas por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) que ejecute proyectos de estructuras y que cumplan con las siguientes condiciones:

* Proyectos de habitacionales, comerciales, oficinas u otros tipos de estructuras, con superficie por piso mayor de 150.00 m2 y con más de cuatro (4) niveles.
* Aquellos con menor número de niveles, deben tener un área constructiva mayor de 1,200 m².
* Edificaciones de usos esenciales tales como centro médico de más de 2,000.00 m² de construcción y educacionales de 12 o más aulas.
* Fábricas o industrias que tengan instalaciones complejas.

b) Con grado de maestría en Estructuras. Deberán tener una experiencia demostrable en cálculo, supervisión estructural, evaluación y/o ejecución de reforzamiento de estructuras, en al menos cinco (5) proyectos de edificaciones aprobadas por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) que ejecute proyectos de estructuras y con las mismas características indicadas en el punto a.

2.2 Responsable de Levantamiento Estructural

a) Con grado básico en Ingeniería Civil. Deberán tener una experiencia demostrable en cálculo, supervisión estructural o levantamiento estructural, en al menos seis (6) proyectos de edificaciones, que hayan sido aprobados por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) que ejecute proyectos de estructuras y que cumplan con las mismas características indicadas en el punto 2.1 a.

b) Con Grado de Maestría en Ingeniería Civil. Deberán tener una experiencia demostrable en cálculo, supervisión estructural o levantamiento estructural, en al menos tres (3) proyectos de edificaciones, que hayan sido aprobados por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) que ejecute proyectos de estructuras y que cumplan con las mismas características indicadas en 2.1 a.

3. PROCESO DE LA EVALUACIÓN

* La Dirección General de Reglamento y Sistemas (DGRS) revisará los documentos dentro del expediente de la empresa o Ingeniero Independiente interesado en calificarse y una vez verificada la veracidad de estos, la DGRS procederá a notificar a la parte interesada el inicio del proceso de Evaluación.
* Las empresas e Ingenieros Independientes que no cumplan con los requisitos mínimos para la clasificación, les será enviada una comunicación notificándoles sobre los resultados de la evaluación, quienes podrán someter de nuevo la documentación, cuando hayan completado estos requerimientos.

PASOS A SEGUIR

1. Descargue los requisitos para la calificación de empresas e ingenieros independientes en evaluación y levantamiento estructural, disponible en la página web del MOPC.
2. Enviar por escrito una comunicación dirigida al Ministro del MOPC con copia al Director General de Reglamentos y Sistemas, en la cual incluya todos los requisitos requeridos según su solicitud.
3. La Dirección General de Reglamentos y Sistemas evaluará los documentos recibidos y notificará al interesado el inicio del proceso de evaluación.
4. A cada interesado se el enviará una comunicación notificando los resultados de la evaluación, en el caso de no cumplir los requerimientos podrán someter nuevamente cuando estén completados estos requisitos.

ARCHIVOS ADJUNTOS

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CANAL DE PRESTACION DEL SERVICIO

Presencial

ENCUESTA DE VALORACIÓN DE SERVICIO

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¿DÓNDE DIRIGIRSE?

4to. nivel del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), en la Dirección General de Reglamentos y Sistemas, calle Héctor Homero Hernández (Av. San Cristóbal), esq. Horacio Blanco Fombona, Ensanche la Fé, Distrito Nacional.

DEPARTAMENTO COMPETENTE

Dirección General de Reglamentos y Sistemas

HORARIO

Lunes a viernes de 8:30 A.M a 4:30 P.M 

CONTACTO

Teléfono: (809) 565-2811 Ext. 2010 y 2015

Página web:  http://www.mopc.gob.do/dgrs/

E-mail: infoDGRS@mopc.gob.do

Facebook:  @ReglamentosMOPC
twitter: @ReglamentosMOPC

Esta información también está disponible en el Centro de Contacto Gubernamental (CCG). Si desea hablar con una persona, puede llamar gratuitamente desde cualquier punto del país y desde cualquier teléfono perteneciente a cualquier telefónica con solo marcar *462 (*GOB) en horario de lunes a viernes de 8:00 AM a 5:00 PM. Para más información sobre el Centro de Contacto Gubernamental puede visitar este enlace.