Solicitud de Certificación de No Objeción para Franjas Maritimas
Descripción del Servicio
Este servicio permite la obtención, por parte del sector privado, de la correspondiente Certificación de No Objeción, emitida por el Ministerio de Obras Públicas, a través del Departamento de Muelles y Puertos, para el desarrollo de obras de infraestructura de esta categoría.
A quién va dirigido
A toda empresa o particular interesado en desarrollar un proyecto de muelles, puertos y/o marinas.
Área responsable
Departamento de Muelles y Puertos
Contactos del área
Oficina Central: Teléfono 809-565-2811 central, Ext. 3059, 3060 y 3073
Correo: departamentodemuellesypuertos@mopc.gob.do
Prestación del Servicio
Costo: Gratis
Horario de prestación: Lunes a viernes de 8:00 AM a 5:00 PM
Tiempo de entrega: 5 días laborables
Canal de prestación de servicio: Presencial
REQUISITOS
1. Carta dirigida al Ministro de Obras Públicas remitiendo los planos correspondientes y solicitando la aprobación del proyecto.
2. Decreto del Poder Ejecutivo que autoriza el uso de la franja marítima requerida, conforme la Ley 305 del 29 de mayo de 1968.
3. Licencia de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que aprueba la construcción del proyecto.
4. Plano Catastral de la parcela y título de propiedad.
5. Planos del diseño arquitectónico y cálculos estructurales de la obra a ejecutar.
6. Especificaciones de la obra a construir.
PASOS A SEGUIR
1. Mostrar calidad legal mediante la presentación de los documentos que certifican la propiedad del terreno donde se construirá, así como, los correspondientes permisos otorgados por las instancias oficiales que regulan esta actividad.
2. Mostrar calidad técnica mediante la presentación de los planos arquitectónicos y cálculos estructurales requeridos a la construcción 3.En caso de no cumplir con los 60.00 metros de la Ley 305 del 29 de mayo de 1968,
sobre Franja Marítima, deberá solicitar el Decreto del Poder Ejecutivo que autoriza el uso de la misma.
CANAL DE PRESTACION DEL SERVICIO
Presencial