Solicitud de Permisos de Acceso y Derecho de Vía

Descripción del Servicio

Este servicio permite la obtención de la no objeción por parte del MOPC al derecho de la vía, colocación de verja perimetral, nivelación y limpieza y acceso a la vía pública, garantizando la preservación de la franja establecida según la ley 1474-38 y sus modificaciones, a las empresas, instituciones o particulares interesados.

A quién va dirigido

Ciudadanos, empresas o instituciones que necesiten tener un acceso en la vía pública de su propiedad y/o levantar una verja perimetral, preservando la franja de derecho de vía establecida en la ley 1474-38 y sus modificaciones.

Área responsable

Viceministerio de Infraestructura vial

Contactos del área Teléfono: (809)-565-2811 Ext. 9678 / 3000

Correo: viceministeriovial@mopc.gob.do

 

 

Prestación del Servicio

 

Tiempo de Respuesta: 15 días laborables (aproximadamente)

Costo: Gratuito

Horario de prestación: de lunes a viernes de 8:00 am a 4:00 pm

Canal de prestación del Servicio: Presencial

REQUISITOS

REQUISITOS 

Solicitud por escrito dirigida al Viceministerio de Infraestructura Vial, que contenga: Asunto (Especificando el tipo de permiso) y Datos del solicitante (nombre completo, número de contacto, correo electrónico, firma). 

Título de propiedad / documento legal que avale como representante legal si fuere el caso 

Plano de Mensura Catastral avalado por Título de Propiedad. 

Certificación de no objeción del Ministerio de Medio Ambiente, (aplica para los permisos de Limpieza y Nivelación). 

Imagen de Localización en Coordenadas UTM o Decimales (Google Earth), en formato JPGE (imprescindible para la realización de la Inspección). 

Presentar planos de Acceso y Derecho de Vía con las siguientes especificaciones: 

  1. Plano de Ubicación y Localización 
  2. En la misma hoja del plano de ubicación, colocar la planta general del proyecto, marcando la franja límite del derecho de vía y acceso a proponer. 
  3.  Para el diseño de los Accesos considerar lo siguiente: 

           3.1  Definir carriles de incorporación (aceleración y desaceleración, si aplica).

           3.2 Los ángulos de inclinación del acceso. 

           3.3 Ancho del acceso. 

           3.4 Ancho de la isleta (si aplica).

           3.5 Ancho de los carriles existentes en la marginal o vía principal desde la cual se está accediendo.

           3.6 Señalizaciones horizontales y verticales. 

           3.7 Especificar el vehículo o tipo de diseño. 

           3.8 Definir los radios de giro que intervienen en el acceso. 

           3.9 Mostrar la distancia que existe desde el carril de aceleración y el carril de desaceleración con       relación a algún puente, rampa, o carril de enlace, el ramal de un distribuidor, intersección o retorno (si aplica).

           3.10 Definir la distancia existente desde el acceso hacia un puente, rampa o carril de enlace, ramal de distribuidor, intersección o retorno (si aplica).

           3.11 Distancia desde el acceso hacia donde la marginal se conecta con la vía principal (si aplica). 

           3.12 Nombre de la vía, la Carretera, Autopista, Avenida, Camino Vecinal. 

           3.13 Dado el caso de que el diseño de acceso, permiso de limpieza y nivelación, se contemple la construcción de una edificación o parqueos, es necesario que la carta de solicitud (con sus expedientes) sean sometidos a la Oficina Central de Tramitación de Planos en el Ministerio de la Vivienda, Edificaciones (MIVED).

PASOS A SEGUIR

PASOS A SEGUIR 

Depositar la solicitud de Permisos de Acceso y Derecho de Vía en el Viceministerio de Infraestructura Vial junto a los demás documentos requeridos. 

El viceministerio de Infraestructura vial remite la solicitud a la Dirección de Estudios, Diseño y Presupuestos Viales, quienes realizan la inspección en campo visitando el lugar del permiso solicitado y redactan un informe con lo levantado y sus recomendaciones y lo remiten al Viceministerio de Infraestructura Vial. 

Una vez el Viceministerio de Infraestructura Vial recibe dicho informe, redacta el oficio de aprobación o las recomendaciones de cambios en el diseño de los planos para su aprobación. 

En caso de recomendaciones de cambios, el solicitante deberá hacer dichas modificaciones y depositar nuevamente los cambios para recibir la aprobación.

 El viceministerio remite la información a la Dirección de Estudios, Diseño y Presupuestos Viales. 

La Dirección de Estudios, Diseño y Presupuestos Viales valida que los cambios hayan sido realizados y da su recomendación de aprobación al Viceministerio de Infraestructura Vial. 

El Viceministerio de Infraestructura Vial recibe dicho informe, redacta el oficio de aprobación y entrega al solicitante.

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