Calificación de Empresas y Profesionales en Estudios Geotécnicos para Carreteras, Caminos y Puentes
Descripción del Servicio
Este servicio permite la clasificación requerida para la realización de estudios geotécnicos a las empresas y los ingenieros independientes, especialistas en dichos estudios, que así lo soliciten, con la participación de un comité técnico interno del MOPC, creado con estos fines.
A quién va dirigido
Al sector construcción público o privado, así como, cualquier ciudadano o empresa.
Área responsable
Dirección General de Reglamentos y Sistemas
Contactos del área
Teléfono: (809) 565-2811 Ext. 2010 y 2015
Correo: infoDGRS@mopc.gob.do
Prestación del Servicio
Costo: Gratuito
Horario de prestación: Lunes a viernes de 8:30 A.M a 4:30 P.M
Tiempo de entrega: 20 a 45 días laborables
Canal de prestación del Servicio: Presencial
Acceso al Servicio: Accede al servicio aquí
REQUISITOS
Empresas:
1. Copia de Constitución de la Empresa
2. Copia del Registro mercantil.
3. Copia del Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
4. Certificación de Dirección General de Impuestos Internos (DGII) o último pago.
5. Estructura organizacional general de la empresa y Estructura organizacional de la unidad que se encarga específicamente de los estudios geotécnicos.
6. Currículum del personal que realizará los estudios geotécnicos, de no más de dos páginas. Lista de los proyectos realizados en los últimos 7 años, relacionados exclusivamente con los estudios geotécnicos. En esta lista se indicará el nombre de cada proyecto, su magnitud, alcance de los trabajos, cantidad de sondeos realizados, año en que fue realizado, y el nombre y teléfono del profesional o propietario a quién se le realizó el servicio.
Se deben incluir estudios especiales que hayan podido realizarse en suelos y/o rocas con condiciones geológicas especiales, como los estudios geofísicos. Serán permitidos estudios de investigación realizados a edificaciones existentes de envergadura sobre soluciones geotécnicas para su reforzamiento estructural. Se debe anexar al menos una copia de los tres (3) estudios más importantes realizados durante este período. Lista de equipos para sondeos STP y Sondeos a Rotación, (con fotografías recientes y número de serie). Si no cuenta con los equipos para sondeo, especificar y comprobar quién le prestó el servicio.
7. Lista de los equipos propios del laboratorio con el número de serie de cada uno, incluyendo fotografías con los que cuenta la compañía para realizar los ensayos a los suelos y/o rocas requeridos por el Reglamento R-024 para los estudios geotécnicos, acompañado de cualquier otra información pertinente para su evaluación. Incluir copias de los certificados de calibración de los equipos que apliquen. La calibración debe ser realizada por un organismo con acreditación nacional o internacional. Si no cuentan
con los equipos de laboratorio propio, especificar quién le suministra los servicios de alquiler de sondeos, mediante comprobación.
Ingenieros Individuales:
a) Ingeniero Civil o profesión afín con Maestría, o diplomado en la especialidad.
Deberán tener una experiencia demostrable en haber realizado los estudios geotécnicos a un mínimo de quince (15) proyectos de edificaciones públicas o privadas, aprobados por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), que cumplan con las siguientes condiciones:
1. Proyectos de edificaciones, comerciales, oficinas o similares, con superficie por piso mayor de 300.00 m2 y con más de cuatro (4) niveles.
2. Aquellos con menor número de niveles que lo requerido en el punto anterior, deben tener un área constructiva por piso mayor de 700 m².
3. Edificaciones de plazas comerciales, estacionamientos elevados, edificaciones de usos esenciales tales como educacionales, centros médicos y otros, de más de 2,000.00 m² de construcción.
4. Fábricas o industrias que tengan instalaciones complejas.
5. Puentes y otras estructuras pesadas.
b) Ingeniero Civil con Grado de Doctorado o Maestría en Geotecnia, y/o Mecánica de suelos. Deberán tener una experiencia demostrable en la realización de estudios geotécnicos en al menos siete (7) proyectos de edificaciones aprobadas por el MOPC con las mismas características indicadas en el punto 3ª.
c) Ingenieros Geólogos, con Grado de Doctorado o Maestría en Geotecnia, y/o Mecánica de suelos, con experiencia demostrable en la realización de estudios geotécnicos en al menos diez (10) proyectos de edificaciones aprobadas por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) con las mismas características indicadas en el punto 3ª.
PASOS A SEGUIR
1- Descargue los requisitos y lista de los calificados en Estudios Geotécnicos disponible en la página web del MOPC.
2- Enviar por escrito una comunicación dirigida al Ministro del MOPC con copia al Director General de Reglamentos y Sistemas, en la cual incluya todos los requisitos requeridos según su solicitud.
3- La Dirección General de Reglamentos y Sistemas evaluará los documentos recibidos y notificará al interesado el inicio del proceso de evaluación.
4- A cada interesado se el enviará una comunicación notificando los resultados de la evaluación, en el caso de no cumplir los requerimientos podrán someter nuevamente cuando estén completados estos requisitos.
ARCHIVOS ADJUNTOS
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Requisitos para Calificación Empresas y Profesionales en Estudios Geotécnicos (.pdf)
Este documento establece los requisitos mínimos que deberán cumplir empresas y profesionales individuales para la calificación en la realización de Estudios Geotécnicos para los proyectos de edificaciones en el territorio nacional. 04/09/2017
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